Ley de Inmigración

Programa de Fianza de Visa de EE. UU. Ampliado: Lo que los Viajeros de Más de 50 Países Deben Saber Antes de la Copa Mundial de la FIFA 2026

Un estadio de fútbol lleno por la noche para la Copa Mundial de la FIFA 2026, con un holograma gigante y brillante que dice "EXENCIÓN CONCEDIDA" flotando sobre el campo.

Oleg Gherasimov, Esq.

Publicado el:
May 29, 2026
Actualizado en:
May 29, 2026
Un estadio de fútbol lleno por la noche para la Copa Mundial de la FIFA 2026, con un holograma gigante y brillante que dice "EXENCIÓN CONCEDIDA" flotando sobre el campo.

Si eres de uno de los más de 50 países ahora sujetos al requisito de fianza de visa de EE. UU. —o si planeas asistir a la Copa Mundial de la FIFA 2026— este artículo es para ti. Las reglas han cambiado significativamente desde el lanzamiento del programa, y las consecuencias de no entenderlas pueden ser graves.

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¿Qué es el requisito de fianza de visa de EE. UU.?

El programa de fianza de visa requiere que ciertos solicitantes de visa de visitante B-1/B-2 depositen una fianza financiera —entre $5,000 y $15,000— antes de que se emita su visa. El programa está autorizado bajo la Sección 221(g)(3) de la INA y se estableció a través de una Regla Final Temporal (TFR).

La fianza sirve como garantía financiera de que saldrás de Estados Unidos antes de que expire tu estancia autorizada. Si cumples totalmente, recuperas el dinero. Si no lo haces, lo pierdes —y enfrentas graves consecuencias migratorias.

Este no es un concepto nuevo en la ley de inmigración. Pero la escala de implementación en 2025–2026 no tiene precedentes.

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¿Qué países están ahora sujetos a la fianza de visa?

Cuando el programa se lanzó en agosto de 2025, se aplicó a nacionales de solo dos países: Malaui y Zambia. Cubrí el lanzamiento original en mi publicación anterior sobre el programa piloto de fianza de visa.

La expansión desde entonces ha sido rápida y de gran alcance. A partir de mayo de 2026, el Departamento de Estado ha designado a nacionales de más de 50 países. Los países se agregaron en oleadas:

Agosto de 2025 (lanzamiento original): Malaui, Zambia

Octubre–Noviembre de 2025: Gambia, Mauritania, Santo Tomé y Príncipe, Tanzania

1 de enero de 2026: Bután, Botsuana, República Centroafricana, Guinea, Guinea-Bisáu, Namibia, Turkmenistán

21 de enero de 2026: Argelia, Angola, Antigua y Barbuda, Bangladés, Benín, Burundi, Cabo Verde, Costa de Marfil, Cuba, Yibuti, Dominica, Fiyi, Gabón, República Kirguisa, Nepal, Nigeria, Senegal, Tayikistán, Togo, Tonga, Tuvalu, Uganda, Vanuatu, Venezuela, Zimbabue

2 de abril de 2026: Camboya, Etiopía, Georgia, Granada, Lesoto, Mauricio, Mongolia, Mozambique, Nicaragua, Papúa Nueva Guinea, Seychelles, Túnez

Este requisito aplica sin importar dónde presente su solicitud: ya sea en el consulado de su país de origen o en cualquier consulado de EE. UU. en el extranjero.

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¿De cuánto es la fianza y cómo se paga?

El monto de la fianza —$5,000, $10,000 o $15,000— lo determina el oficial consular al momento de su entrevista de visa. No existe una fórmula publicada sobre cómo se toma esa decisión.

Algunos puntos a entender claramente:

Pague solo cuando se le indique. No presente el Formulario I-352 ni intente pagar hasta que un oficial consular se lo indique explícitamente. Si paga sin esa indicación, los fondos no serán reembolsados.

Use solo Pay.gov. Después de que se le indique pagar, recibirá un enlace directo a la plataforma Pay.gov del Departamento del Tesoro de EE. UU. No utilice ningún sitio web de terceros; el gobierno de EE. UU. no se hace responsable de los fondos pagados fuera de sus sistemas, y los estafadores ya están aprovechando la confusión en torno a este programa.

Pagar no garantiza una visa. La fianza es un mecanismo de cumplimiento, no una compra. Un oficial consular aún puede denegar su solicitud después de que haya depositado la fianza.

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¿Por dónde pueden ingresar a EE. UU. los titulares de una fianza de visa?

Este es uno de los aspectos más importantes —y menos discutidos— del programa. Como condición de la fianza, los titulares de visa deben entrar y salir de Estados Unidos únicamente a través de los puertos de entrada designados.

  • Permitido: Todos los puertos de entrada aéreos comerciales, incluidas las ubicaciones de preinspección de CBP.
  • No permitido: Vuelos chárter, aviación general, puertos de entrada terrestres o puertos de entrada marítimos.

Si entra o sale por un puerto no autorizado, su salida podría no ser registrada correctamente, lo que podría desencadenar un hallazgo de incumplimiento de fianza incluso si salió a tiempo. Esta es una trampa que puede atrapar a viajeros con buenas intenciones que simplemente no conocían las reglas.

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¿Qué sucede si cumple y qué sucede si no lo hace?

La fianza se cancela y su dinero se devuelve automáticamente si:

  • Los registros del DHS confirman que salió de EE. UU. en o antes de la fecha de vencimiento de su estancia autorizada
  • Nunca viajó a EE. UU. antes de que su visa expirara
  • Se le negó la admisión en el puerto de entrada

Se puede activar un incumplimiento de fianza si:

  • Los registros del DHS muestran que salió después de que expirara su estancia autorizada
  • Permaneció en EE. UU. más allá de su estancia autorizada sin autorización
  • Solicitó ajustar su estatus migratorio mientras estaba en EE. UU. — incluyendo la solicitud de asilo

Ese último punto es significativo. El simple hecho de solicitar asilo o un cambio de estatus mientras se encuentra en EE. UU. se considera un posible incumplimiento. Si el DHS cree que ocurrió un incumplimiento, el caso se remite al USCIS para una determinación formal.

Más allá de perder el monto de la fianza, un hallazgo de incumplimiento puede seguirle en futuros procedimientos migratorios.

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Copa Mundial de la FIFA 2026: ¿Quiénes quedan exentos de la fianza?

Con la Copa Mundial de la FIFA 2026 que se celebrará en todo Estados Unidos este verano, la Administración ha anunciado una exención del requisito de fianza de visa para ciertos viajeros. Aquí le decimos exactamente quiénes califican:

Grupo 1 — Atletas y Miembros del Equipo: Se exime la fianza para atletas y miembros del equipo — incluyendo entrenadores, personal de apoyo y familiares directos — que sean nacionales de los países participantes y demuestren plena elegibilidad para una visa de visitante de EE. UU.

Grupo 2 — Aficionados con boleto: La fianza también se exime para nacionales de países participantes que, para el 15 de abril de 2026:

  • Hayan comprado boletos para la Copa Mundial de la FIFA 2026, y
  • Se hayan inscrito en el Sistema de Programación de Citas Prioritarias de la FIFA (PASS) a través del sitio web de la FIFA, y
  • Demuestren plena elegibilidad para una visa de visitante de EE. UU.

Esta es una distinción importante. La exención no se aplica a todos los nacionales de países afectados por la fianza que simplemente desean visitar durante el período de la Copa Mundial. Se aplica específicamente a quienes realizaron ambos pasos calificativos antes de la fecha límite del 15 de abril.

Si eres un aficionado de un país afectado por la fianza que no compró boletos y no se registró a través de PASS antes del 15 de abril, es probable que aún estés sujeto al requisito de fianza. El proceso de selección de visa estándar se aplica en todos los casos — no se emite ninguna visa sin una verificación exhaustiva por parte de un oficial consular.

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¿Qué pasa si no estás seguro si la exención se aplica a ti?

Aquí es donde la complejidad se vuelve real. La interacción entre el requisito de fianza, la exención de la FIFA, las restricciones en el puerto de entrada y la elegibilidad estándar para la visa de visitante no es sencilla — y las consecuencias de un error son tanto financieras como legales.

Si eres nacional de un país afectado por la fianza y planeas viajar a EE. UU. — ya sea para la Copa Mundial o por otros motivos — aclara tu situación específica antes de tu entrevista de visa. El oficial consular toma las decisiones en la entrevista. Presentarse sin preparación es un riesgo significativo.

Si tienes preguntas sobre si la fianza de visa se aplica a ti, si la exención de la FIFA cubre tu situación, o cómo prepararte mejor para tu entrevista B-1/B-2, no dudes en contactarme directamente. Cada caso es diferente, y con gusto te ayudaré a entender tu situación.

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Descargo de responsabilidad: La información proporcionada en este artículo es solo para fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal. Las leyes y políticas de inmigración están sujetas a cambios, y las circunstancias individuales varían. Para obtener asesoramiento específico para su situación, consulte a un abogado de inmigración calificado.

Oleg Gherasimov, Esq.

Asociado de negocios
,
Abogado de Inmigración

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