Ley de Inmigración

Opciones de tarjeta verde de Estados Unidos que no implican matrimonio

Puente Golden Gate

Oleg Gherasimov, Esq.

Publicado el:
July 14, 2025
Actualizado en:
July 14, 2025
Puente Golden Gate

Conozca las mejores maneras de obtener una tarjeta verde estadounidense sin matrimonio, desde visas basadas en el empleo y programas de inversionistas hasta patrocinio familiar, la lotería de visas y opciones humanitarias. Entender el procesamiento consular vs. el ajuste de estatus, y por qué la orientación de un abogado de inmigración con experiencia es crucial.

Introducción

La obtención de una tarjeta verde (residencia permanente legal) en los Estados Unidos no se limita al matrimonio con un ciudadano estadounidense o residente permanente. Hay muchas vías alternativas para aquellos que no pueden o eligen no perseguir una petición basada en el matrimonio. Ya sea que sea un profesional que busca una tarjeta verde basada en el empleo, un inversionista, tenga vínculos familiares que no sean su cónyuge, o califique a través de programas humanitarios, tiene opciones. En esta guía, exploraremos cómo obtener una tarjeta verde en los Estados Unidos sin matrimonio cubriendo todas las principales categorías de elegibilidad además del matrimonio. También explicaremos los dos procesos para obtener su tarjeta verde (ajuste de estatus versus procesamiento consular) y destacaremos por qué es tan importante la orientación legal precisa de un abogado de inmigración estadounidense con experiencia.

Si está considerando opciones de inmigración fuera del matrimonio, sigue leyendo para conocer las diversas vías hacia la residencia permanente en los Estados Unidos y cómo un abogado puede ayudar a navegar estos complejos procesos.

Ajuste de estatus vs. procesamiento consular

Antes de sumergirse en categorías específicas de tarjeta verde, es crucial comprender las dos vías principales para obtener una tarjeta verde: Ajuste de estatus y Tramitación Consular. La categoría de elegibilidad (empleo, familia, etc.) determina qué base bajo la que se está postulando, pero estos procesos determinan cómo obtienes tu tarjeta verde.

  • Ajuste de estatus (Aplicando desde dentro de los EE. UU.): El ajuste de estatus es el proceso de solicitar una tarjeta verde desde dentro de los Estados Unidos. Si ya se encuentra en los Estados Unidos con una visa válida o de otra manera elegible para ajustarse, presente el Formulario I-485 y los formularios relacionados ante USCIS. Puede permanecer en los Estados Unidos durante el proceso y no tiene que partir para obtener su visa de inmigrante. Muchas personas prefieren el ajuste de estatus porque les permite quedarse con su familia en Estados Unidos (e incluso obtener un permiso de trabajo mientras esperan) en lugar de viajar al extranjero para una entrevista. Sin embargo, para ajustar el estatus generalmente debe haber ingresado legalmente a los Estados Unidos y tener un número de visa disponible de inmediato (para algunas categorías, esto significa fecha de prioridad actual). Los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses siempre tienen una visa disponible, pero muchas otras categorías tienen atrasos, por lo que no todos serán elegibles para ajustar su estatus en los Estados Unidos. Consulte a un abogado para ver si califica para el ajuste de estatus en su situación.
  • Procesamiento Consular (Aplicando desde el Extranjero): Si se encuentra fuera de los Estados Unidos, o no es elegible para ajustar su estatus desde dentro del país, pasará por un procesamiento consular. El procesamiento consular significa que solicita una visa de inmigrante en una embajada o consulado de los Estados Unidos en su país de origen. Después de que se apruebe su petición de inmigrante, el caso se reenvía al Centro Nacional de Visas (parte del Departamento de Estado) y luego a un consulado de los Estados Unidos para una entrevista. En otras palabras, cuando el solicitante vive en el extranjero, el procedimiento se conoce como “procesamiento consular”, que involucra a funcionarios de los consulados y embajadas de los Estados Unidos. Una vez que el consulado emite la visa de inmigrante, usted viaja a los Estados Unidos y se convierte en residente permanente (titular de la tarjeta verde) al ingresar. El procesamiento consular generalmente tiene un papeleo ligeramente diferente y, a veces, puede ser más rápido que el ajuste de estatus, pero requiere que salga de los Estados Unidos para la entrevista. Es importante no viajar al extranjero mientras ciertas peticiones o solicitudes estén pendientes sin orientación, ya que podría afectar tu caso. Un abogado de inmigración puede ayudarle a decidir qué proceso (ajuste vs. consular) está disponible o mejor para usted, y asegurarse de que esté preparado para los requisitos de cada uno.

Tarjetas verdes basadas en el empleo (EB-1, EB-2, EB-3)

Una de las formas más comunes de obtener una tarjeta verde sin matrimonio es a través del empleo. Tarjetas verdes basadas en el empleo se dividen en categorías de preferencia (EB-1, EB-2, EB-3, etc.), cada una con criterios de elegibilidad específicos. Estos generalmente requieren que un empleador estadounidense lo apadrine a través de una oferta de trabajo y una certificación laboral PERM en muchos casos. El proceso de certificación laboral (PERM, por sus siglas en inglés) se realiza a través del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos para garantizar que no haya trabajadores estadounidenses calificados disponibles para el trabajo y que contratar a un trabajador extranjero no afecte negativamente los salarios estadounidenses. A continuación se presentan las principales categorías basadas en el empleo:

  • EB-1 (Primera Preferencia: Trabajadores Prioritarios): La categoría EB-1 es para individuos de primer nivel y se divide en subcategorías: EB-1A para personas de extraordinaria capacidad, EB-1B para profesores o investigadores destacados, y EB-1C para ejecutivos o gerentes multinacionales. Los aspirantes EB-1A deben demostrar una capacidad extraordinaria en su campo (ciencia, artes, educación, negocios o atletismo) con una aclamación nacional o internacional sostenida. Pueden autopeticionar sin una oferta de trabajo, ya que no se requiere patrocinio patronal ni certificación laboral para EB-1A. EB-1B es para profesores/investigadores que son reconocidos internacionalmente en su campo académico y tienen una oferta de trabajo permanente de una universidad o institución de investigación estadounidense. EB-1C es para ejecutivos o gerentes que han trabajado para una compañía multinacional calificada en el extranjero durante al menos 1 año y son transferidos a una filial estadounidense como ejecutivo/gerente. Ninguna de las categorías EB-1 requiere la certificación laboral PERM (la prueba del mercado laboral estadounidense), lo que las hace más rápidas, pero EB-1B y EB-1C aún requieren una oferta de trabajo del empleador estadounidense. Las visas EB-1 tienen una gran demanda, pero si califica, esta es una ruta directa a una tarjeta verde como trabajador prioritario.
  • EB-2 (Segunda Preferencia: Grados Avanzados o Habilidad Excepcional): EB-2 es para profesionales que tienen un título avanzado (maestría o superior, o equivalente) o aquellos con capacidad excepcional en las ciencias, las artes o los negocios. Por lo general, los solicitantes de EB-2 necesitan una oferta de trabajo de tiempo completo de un empleador estadounidense y deben pasar por el proceso de certificación laboral PERM. El empleador debe anunciar y probar que no hay trabajadores estadounidenses calificados para el puesto antes de que se pueda presentar la petición de tarjeta verde. Una característica importante de EB-2 es Exención de interés nacional Opción (NIW). Un NIW EB-2 le permite autosolicitar una tarjeta verde sin una oferta de trabajo o certificación laboral si puede demostrar que su trabajo tiene méritos sustanciales e importancia nacional, y que otorgarle una tarjeta verde (renunciando al requisito laboral normal) beneficiaría a los EE. UU. en general. Por ejemplo, los investigadores, empresarios o expertos cuyo trabajo sea de interés nacional podrían calificar para un NIW. La categoría EB-2 es un camino popular para aquellos con títulos de posgrado o experiencia significativa, pero tenga en cuenta que si es de un país con un alto número de solicitantes (como India o China), puede haber una lista de espera (retraso en la fecha de prioridad) antes de que pueda obtener la tarjeta verde.
  • EB-3 (Tercera Preferencia: Trabajadores calificados y profesionales): EB-3 es la siguiente categoría, que abarca trabajadores calificados (trabajos que requieren al menos 2 años de capacitación o experiencia), profesionales (trabajos que requieren al menos una licenciatura), y “otros trabajadores” no calificados (trabajos que requieren menos de 2 años de capacitación). La mayoría de los solicitantes de EB-3 también necesitan un patrocinador empleador estadounidense y una certificación laboral PERM aprobada, similar a EB-2. Esta categoría es generalmente un poco menos estricta en las calificaciones (por ejemplo, una licenciatura o incluso solo experiencia laboral puede ser suficiente), pero a menudo tiene retrasos más largos. De hecho, EB-3 tiende a tener tiempos de espera significativos para ciertos países con alta demanda; por ejemplo, los nacionales de India o China en EB-3 pueden esperar muchos años para que una visa esté disponible. Si tiene un empleador dispuesto a patrocinarlo y cumple con las calificaciones, EB-3 es un camino viable. Solo debes estar preparado para que el proceso implique múltiples pasos (PERM, petición I-140, luego visa o ajuste de estatus) y potencialmente un plazo largo si eres de un país sobresuscrito.

Las tarjetas verdes basadas en el empleo son una excelente opción si tienes habilidades laborales u ofertas que los EE. UU. necesitan. En EB-2 y EB-3, la certificación laboral PERM es un obstáculo clave: certifica que contratarlo no desplazará a los trabajadores estadounidenses. Algunas personas altamente calificadas pueden evitar ese obstáculo mediante las autopeticiones EB-1 o EB-2 NIW. Cada subcategoría tiene requisitos específicos, por lo que es aconsejable consultar con un abogado de inmigración para evaluar sus calificaciones. Un abogado también puede guiar a su empleador a través del proceso de patrocinio. Con la oferta de trabajo o credenciales adecuadas, una tarjeta verde basada en el empleo es una de las formas más directas de obtener la residencia permanente en los Estados Unidos sin necesidad de una petición basada en el matrimonio.

Inmigración de Inversión (EB-5 Inversionista Inmigrante y Visa E-2)

Si tiene recursos financieros significativos, las rutas de inmigración de inversión pueden conducir a una tarjeta verde. La tarjeta verde principal basada en la inversión es el Programa de Inversionistas Inmigrantes EB-5, y también está el Visa de inversionista del tratado E-2 (una visa de no inmigrante) que, si bien no es una tarjeta verde en sí misma, puede ser un tramposito para los inversores que eventualmente buscan la residencia permanente. Así es como funcionan estas opciones:

  • Tarjeta Verde de Inversionista Inmigrante EB-5: El programa EB-5 ofrece un camino directo hacia una tarjeta verde para aquellos que invierten una cantidad sustancial de dinero en un negocio estadounidense y crean empleos. Actualmente, la inversión mínima suele ser 1,050,000, o 800,000 si invierte en un Área de Empleo Dirigido (TEA como una zona rural o de alto desempleo). La inversión debe ser en una nueva empresa comercial (por ejemplo, iniciar un negocio o financiar un proyecto) y debe crear al menos 10 empleos de tiempo completo para los trabajadores estadounidenses dentro de aproximadamente dos años. Los inversionistas pueden iniciar su propio negocio (inversión directa) o invertir a través de un Centro Regional designado que reúne fondos para proyectos más grandes. Los solicitantes de EB-5 exitosos reciben primero una tarjeta verde condicional válida por dos años. Después de probar que se cumplieron los requisitos de inversión y creación de empleo, se retira la condición y el inversionista (y familia inmediata) se convierten en residentes permanentes. El proceso EB-5 implica una extensa documentación de la fuente legal de los fondos y el plan de negocios para los trabajos. Es una opción compleja pero poderosa para quienes tienen los medios — a cambio de una gran inversión que estimule la economía estadounidense, usted y su familia pueden obtener tarjetas verdes. Si se considera EB-5, es muy recomendable trabajar con un abogado de inmigración y posiblemente asesores financieros, ya que la debida diligencia legal y financiera es crítica.
  • Visa de Inversionista del Tratado E-2 (Visa Temporal con Ruta Potencial): La visa E-2 es una visa de no inmigrante (temporal) para inversionistas de ciertos países tratados. Permite que un individuo invierta una cantidad “sustancial” en un negocio estadounidense y se mude a los Estados Unidos para dirigir y desarrollar esa empresa. A diferencia de la EB-5, la E-2 no es una tarjeta verde y no conduce directamente a la residencia permanente. No obstante, se puede renovar indefinidamente siempre y cuando el negocio continúe operando y cumpliendo con los requisitos de visa. Muchos empresarios extranjeros utilizan el E-2 para vivir y trabajar en los Estados Unidos y luego explorar opciones para una tarjeta verde, como hacer la transición a EB-5 o hacer que su compañía los apadrine para una tarjeta verde EB-2/EB-3. La visa E-2 no tiene mínimo de inversión fija por ley (solo debe ser proporcional al negocio), pero en la práctica la inversión suele ser significativa (a menudo $100k o más, dependiendo del negocio). Solo los ciudadanos de países que tienen el tratado requerido con los Estados Unidos son elegibles. Si califica, el E-2 es una manera relativamente rápida de comenzar su vida en los Estados Unidos como inversionista. Mientras esté en un E-2, puede construir su empresa y, si lo desea, trabajar para cumplir con los criterios EB-5 o encontrar un empleador que lo apadrine para una tarjeta verde en el futuro. Es una opción útil para los emprendedores, pero necesitarás orientación legal para mantener el cumplimiento y planificar una eventual transición al estatus permanente.

Nota: Los inversionistas de países que no son tratados no pueden obtener un E-2, pero podrían usar alternativas como el EB-5. También hay otras rutas menos comunes relacionadas con la inversión (por ejemplo, la opción del Centro Regional EB-5 mencionada anteriormente, o EB-6 si existió; actualmente, EB-6 es una visa de inicio propuesta, aún no es ley). Siempre consulte con un abogado de inmigración para evaluar sus opciones de visa de inversionista y trazar un rumbo hacia una tarjeta verde. Las rutas de inversión a menudo implican grandes sumas y reglas complejas, por lo que el asesoramiento legal experimentado es invaluable.

Vías Humanitarias hacia una Tarjeta Verde (Visas de Asilo, Refugiado, VAWA, T & U)

La ley de inmigración de Estados Unidos proporciona varios programas humanitarios a través de los cuales las personas pueden obtener tarjetas verdes debido a persecución, abuso u otras circunstancias extraordinarias. Estos caminos no involucran a los empleadores ni al patrocinio familiar tradicional desde el principio; en cambio, están destinados a proteger a las personas vulnerables. A continuación se presentan las principales vías humanitarias hacia una tarjeta verde además del matrimonio:

  • Asilo (Estatus de refugiado): Si ha huido de su país de origen o no puede regresar debido a un temor fundado de persecución basado en su raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social en particular, puede calificar para asilo o estatus de refugiado. El asilo es solicitado por personas que ya se encuentran en Estados Unidos o en la frontera, mientras que el estatus de refugiado se solicita desde fuera de Estados Unidos a través de ACNUR o programas de refugiados estadounidenses. El estándar básico es el mismo: demostrar que ha sido o será perseguido por uno de esos motivos protegidos. Aquellos a quienes se les concede asilo (asilados) o admitidos como refugiados son elegibles para solicitar una tarjeta verde un año después de la concesión del estatus. Por ejemplo, si gana asilo, después de un año de presencia física en los Estados Unidos puede solicitar el ajuste de estatus a residente permanente. Los asilados y refugiados también pueden incluir a su familia inmediata (cónyuge e hijos) como derivados en la mayoría de los casos. Esta ruta humanitaria es crítica para las personas que escapan del peligro. Es importante preparar un caso sólido con evidencia de la persecución y, si es posible, documentación o apoyo experto. Un abogado de inmigración o una organización sin fines de lucro especializado en asilo puede ayudar a presentar su historia de manera persuasiva. Una vez que tenga su tarjeta verde basada en el asilo, puede reconstruir su vida en los Estados Unidos de manera segura. (Tenga en cuenta que los solicitantes de asilo/refugiado deben cumplir con los requisitos de admisibilidad y existen impedimientos para cuestiones penales o de seguridad graves, pero se pueden renunciar a muchos motivos de inadmisibilidad).
  • Autopetición VAWA (Víctimas de Abuso Doméstico): VAWA — la Ley de Violencia contra la Mujer — es una ley que, entre otras cosas, permite que ciertos familiares maltratados de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes abusados se autosoliciten una tarjeta verde sin el conocimiento o consentimiento del abusador. A pesar del nombre, las protecciones VAWA se aplican a todos los géneros. Puede calificar para una autopetición VAWA si es cónyuge, hijo o padre de un ciudadano estadounidense o titular de la tarjeta verde que lo ha sometido a agresiones o crueldad extrema. En lugar de depender del familiar abusivo para patrocinarlo, VAWA le permite presentar una petición del Formulario I-360 por su cuenta, de manera confidencial. Por ejemplo, si una persona está casada con un ciudadano estadounidense que es abusivo, puede realizar una autopetición bajo VAWA y obtener una tarjeta verde sin permanecer en un matrimonio inseguro. Del mismo modo, un niño maltratado por un padre ciudadano estadounidense o un padre maltratado por un hijo adulto ciudadano estadounidense podría presentarse por sí mismo. VAWA entra en la categoría “humanitaria” aquí porque está destinada a proteger a las víctimas de violencia doméstica. Un autopeticionario VAWA necesita mostrar evidencia de la relación, el abuso y su buen carácter moral, entre otros requisitos. Si se aprueba el I-360, la persona puede entonces proceder a una tarjeta verde ya sea mediante ajuste de estatus o trámite consular, según corresponda. VAWA es una opción invaluable si se encuentra en una situación abusiva: le quita el poder al abusador y le permite buscar seguridad y estatus por su cuenta. Los abogados de inmigración a menudo ayudan a los clientes a preparar los casos de VAWA con sensibilidad y confidencialidad.
  • Visa U (Víctimas de Ciertos Delitos): La visa U es una visa de no inmigrante reservada para víctimas de delitos graves que hayan sufrido abuso mental o físico sustancial y que ayuden a las fuerzas del orden público en la investigación o persecución de la actividad delictiva. Los ejemplos de delitos calificados incluyen violencia doméstica, agresión sexual, trata y muchos otros. Si se le otorga una visa U, le da estatus legal y autorización de trabajo en los Estados Unidos por cuatro años. Es importante destacar que después de tres años en el estado de visa U, puede solicitar una tarjeta verde (ajustar el estatus a residente permanente), siempre que cumpla con ciertas condiciones como la cooperación continua y la admisibilidad. Las visas U fueron creadas para ayudar a las fuerzas del orden, alentando a las víctimas de delitos inmigrantes a que se presenten sin temor a ser deportadas, y para proporcionar ayuda humanitaria. Un desafío es que hay un tope anual de 10,000 visas U, y la lista de espera para nuevas visas U es muy larga (muchos años). Pero los titulares de visas U aprobadas tienen un camino hacia una tarjeta verde e incluso los solicitantes de visa U pendientes obtienen algunas protecciones (como la acción diferida). Si ha sido víctima de un delito grave en los Estados Unidos, vale la pena hablar con un abogado de inmigración sobre la visa U. Ellos pueden ayudar a obtener la certificación de aplicación de la ley necesaria y presentar la solicitud. Una vez que finalmente se convierta en residente permanente a través de la ruta de la visa U, puede vivir y trabajar en los Estados Unidos de manera permanente y luego solicitar la ciudadanía, al igual que otros titulares de la tarjeta verde.
  • Visa T (Víctimas de Trata de Personas): La visa T es otro programa humanitario, específicamente para víctimas de trata severa de personas. La trata puede incluir el tráfico sexual o el tráfico laboral (obligar a alguien a trabajar o a los servicios a través de la fuerza, el fraude o la coerción). La visa T, al igual que la U, otorga estatus temporal (generalmente 4 años) y requiere que la víctima coopere con los esfuerzos de las fuerzas del orden para investigar/procesar a los traficantes (con algunas excepciones si la víctima está demasiado traumatizada para ayudar). Después de 3 años en estatus de visa T, o antes si se completa la investigación, un titular de visa T puede solicitar una tarjeta verde. Los solicitantes de visa T deben demostrar que sufrirían dificultades extremas que implican daños inusuales y severos si son retirados de los Estados Unidos, entre otros criterios. Hay un límite anual menor (5,000) en las visas T, pero por lo general no se alcanza. Al igual que las visas U, las visas T proporcionan un camino claro hacia la residencia permanente para las personas vulnerables que ayudan a las autoridades en la lucha contra la trata. Los familiares de la víctima también pueden recibir visas T derivadas y seguir el mismo camino hacia la residencia. Si usted es un sobreviviente de la trata, las organizaciones y abogados pueden ayudarle a obtener una visa T como un paso hacia la seguridad y una nueva vida en los Estados Unidos.

Estas vías humanitarias de la tarjeta verde a menudo implican historias complejas y circunstancias sensibles. En todos estos casos —asilo, VAWA, U y T— una orientación legal precisa es sumamente importante. Un abogado de inmigración experimentado o un representante acreditado puede ayudar a reunir evidencia, preparar declaraciones personales sólidas y navegar por el proceso para darle la mejor oportunidad de un resultado exitoso. El beneficio de estos programas es que se enfocan en la protección humanitaria; la recompensa para quienes califican no es solo la seguridad y el permiso temporal para quedarse, sino en última instancia la oportunidad de convertirse en un residente permanente (titular de la tarjeta verde) y eventualmente un ciudadano estadounidense. Si cree que podría calificar bajo alguna de estas categorías, no dude en buscar asesoría legal sobre cómo proceder.

Lotería de Visas de Diversidad (Lotería de Tarjetas Verdes)

Otra forma de obtener una tarjeta verde sin matrimonio es pura suerte: la Lotería de Visas de Inmigrantes de Diversidad, comúnmente conocida como la lotería de tarjetas verdes. Cada año, el Departamento de Estado de los Estados Unidos realiza esta lotería para seleccionar aleatoriamente a personas de países con niveles históricamente bajos de inmigración a los Estados Unidos. El programa de Visas de Diversidad (DV) consigna hasta 50,000 visas de inmigrantes disponibles anualmente a través de una selección aleatoria entre las entradas de los países elegibles. Si eres seleccionado en la lotería y cumples con los requisitos de educación o experiencia laboral (una educación secundaria o equivalente, o dos años de experiencia laboral calificable), puedes solicitar una visa de inmigrante/green card.

Cosas clave que debe saber sobre la lotería DV:

  • Elegibilidad: Los países que enviaron más de 50,000 inmigrantes a Estados Unidos en los últimos cinco años son no elegible para la lotería en el año en curso. Esto típicamente excluye a los países con altas tasas de inmigración estadounidense (por ejemplo, en los últimos años los nativos de países como México, India, China, Filipinas, etc., no han sido elegibles). La lista de países elegibles se publica cada año en las instrucciones de la lotería. También debe tener al menos una educación secundaria o dos años de experiencia laboral calificada reciente en un trabajo calificado.
  • Entrada: La entrada a la lotería es gratuita y se realiza en línea en el sitio web oficial del Departamento de Estado durante un período de registro específico cada año (generalmente alrededor de octubre). Tenga cuidado con las estafas: no hay tarifa para ingresar. Usted envía su información personal y una foto. Solo se permite una entrada por persona (las parejas casadas pueden cada una presentar una entrada, e incluir al otro cónyuge como derivado).
  • Selección y Próximos Pasos: Si “gana” la lotería (es decir, se selecciona su entrada), se le notifica a través de la verificación oficial del estado del participante en el sitio web del Departamento de Estado. Ser seleccionado no significa que automáticamente obtenga una tarjeta verde, pero significa que puede solicitar una bajo el programa DV. Por lo general, hay más selectos que visas (para dar cuenta de aquellos que no buscan la visa), por lo que el momento y seguir las instrucciones es fundamental. Recibirá un número de rango, y las visas están disponibles para los seleccionados en orden de su número de rango por región, cada mes, según lo publicado en el Boletín de Visas. Debe proceder rápidamente a presentar la solicitud de visa de inmigrante o ajuste de estatus una vez que su número esté actualizado, y todas las tarjetas verdes DV para un año de lotería deben ser emitidas antes del final de ese año fiscal (30 de septiembre del año siguiente), o se pierde la oportunidad.
  • Proceso: La mayoría de los ganadores de lotería que están en el extranjero pasarán por procesamiento consular en una embajada de Estados Unidos. Si un ganador de lotería se encuentra legalmente en los Estados Unidos en algún estado, podría ser capaz de ajustar su estatus a través de USCIS, pero se aplican reglas estrictas de tiempo y estatus. En cualquier caso, el seleccionado deberá demostrar que es admisible (pasar verificaciones de antecedentes, examen médico, apoyo económico, etc.) al igual que otros inmigrantes.

La lotería de Visas de Diversidad es verdaderamente una oportunidad aleatoria, pero ha sido un salvavidas para muchos inmigrantes que no tenían familia o empleador que los patrocinara. Debido a que es aleatorio, no debe confiar en él como un plan único, pero si es de un país elegible, es aconsejable enviar una entrada cada año solo para probar suerte. No cuesta nada y podría resultar en una oportunidad para solicitar una tarjeta verde. Utilice siempre el sitio web oficial dvprogram.state.gov para las entradas y siga las instrucciones oficiales. Si es seleccionado, considere consultar a un abogado de inmigración para que le ayude con el papeleo, ya que desea hacerlo justo antes de que venzan los plazos estrictos.

(Consejo: La lotería generalmente se abre para inscripciones en el otoño, y los resultados se anuncian en mayo siguiente. Si planea ingresar, asegúrese de leer atentamente las instrucciones del año en curso o cuente con un abogado que lo ayude, ya que los requisitos y los países elegibles pueden cambiar de año en año).

Tarjetas verdes basadas en la familia (categorías no matrimoniales)

Patrocinio familiar es un camino tradicional hacia una tarjeta verde, y no se limita a los cónyuges. Si tiene familiares en los Estados Unidos que son ciudadanos o residentes permanentes, es posible que puedan hacer una petición por usted. A menudo se habla del matrimonio con un ciudadano estadounidense, pero otras relaciones familiares también pueden conducir a una tarjeta verde, aunque algunas implican largos tiempos de espera. Estas son las categorías basadas en la familia aparte de un cónyuge:

  • Padre de un ciudadano estadounidense: Los ciudadanos estadounidenses que tengan al menos 21 años de edad pueden solicitar que sus padres nacidos en el extranjero inmigren. Un padre de un ciudadano estadounidense se considera un “pariente inmediato” según la ley de inmigración, lo que significa que no hay un tope anual o una acumulación de visas para esta categoría. Esta es una categoría familiar de vía rápida: una vez que se aprueba la petición I-130, el padre puede proceder de inmediato con el ajuste de estatus o el procesamiento consular, sin esperar un número de visa. El niño ciudadano estadounidense debe demostrar la relación padre-hijo (generalmente un certificado de nacimiento) y cumplir con el requisito de edad de 21+ para presentar la petición. Este camino se usa comúnmente cuando los padres quieren unirse a sus hijos adultos ciudadanos estadounidenses en Estados Unidos.
  • Hijos de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes: Existen varias subcategorías dependiendo de la edad y estado civil del niño, y si el familiar peticionante es ciudadano o titular de la tarjeta verde:
  • Hijos solteros menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses: Estos son parientes inmediatos (sin cupota/atraso) al igual que los padres. Un ciudadano estadounidense puede solicitar un hijo (biológico, escalonado o adoptado, con condiciones) menor de 21 años y soltero, y las visas están disponibles de inmediato.
  • Hijos adultos solteros (21 años o más) de ciudadanos estadounidenses: Esto cae en la Primera Preferencia Familiar (F1). A diferencia de los familiares inmediatos, la F1 está tapada y atrasada, es decir, después de que se apruebe la I-130, el hijo o hija puede esperar varios años (el tiempo de espera varía según el país de origen) para una franja de visa.
  • Hijos de Residentes Permanentes: Los residentes permanentes (titulares de la tarjeta verde) pueden presentar una petición por sus hijos solteros. Si el niño es menor de 21 años, esa es la categoría F2A, y si tiene 21 años o más, F2B. Estos también tienen topes anuales. En los últimos años, el F2A (cónyuge e hijos menores de LPR) a veces ha estado vigente o ha tenido esperas más cortas, pero también puede atrasarse. El F2B (hijos adultos de LPR) suele tener una espera moderada. Tenga en cuenta que los residentes permanentes no pueden solicitar hijos casados en absoluto, solo los ciudadanos estadounidenses pueden hacerlo (en F3).
  • Hijos casados de ciudadanos estadounidenses: Esta es la Tercera Preferencia (F3). Un ciudadano estadounidense de cualquier edad puede presentar una petición a un hijo o hija casado. Debido a que el hijo/hija está casado, su cónyuge e hijos pueden inmigrar como dependientes. F3 tiene un límite y, a menudo, tiempos de espera bastante largos (potencialmente más de 10 años, especialmente si es de un país de alta demanda).

En resumen, los niños ciertamente pueden ser apadrinados, pero los niños adultos probablemente esperarán en la fila. Los hijos menores de edad de ciudadanos estadounidenses tienen uno de los caminos más fáciles (inmediato, sin esperar). Los hijos menores de edad de los titulares de la tarjeta verde tienen que esperar un número de visa, pero es una de las categorías de mayor prioridad en el sistema de preferencia familiar.

  • Hermanos de ciudadanos estadounidenses: Los ciudadanos estadounidenses mayores de 21 años pueden hacer una petición por sus hermanos y hermanas. Esta categoría es Cuarta Preferencia Familiar (F4), y es la prioridad más baja en inmigración familiar. Las tarjetas verdes de hermanos tienen un tope cada año y la demanda es alta, por lo que los períodos de espera son notoriamente largos. No es raro que hermanos de países como Filipinas, India, México, etc., esperen 15-20+ años después de que se presente la I-130 antes de que puedan inmigrar. Los países menos poblados podrían tener esperas algo más cortas, pero todavía suele ser de una década o más. A pesar de la espera, este es un camino que vale la pena seguir si tiene un hermano ciudadano estadounidense; simplemente establezca expectativas realistas de que es una oportunidad a muy largo plazo. El proceso comienza cuando el ciudadano estadounidense presenta una petición I-130 para el hermano o hermana, demostrando la relación entre hermanos (comúnmente mostrando que ambos comparten al menos un padre común). Una vez que se aprueba la petición, el caso se queda en la cola hasta que se actualice la fecha de prioridad. Debido a los largos retrasos, los beneficiarios deben mantener sus direcciones actualizadas y mantener evidencia de la relación entre hermanos a lo largo de los años. Eventualmente, cuando la visa esté disponible, el hermano (y su cónyuge e hijos menores de edad) pueden completar el procesamiento consular o ajustar su estatus si se encuentran legalmente en los Estados Unidos en ese momento.

Vale la pena señalar que el matrimonio con un residente permanente (F2A) es otra categoría familiar, pero como nos estamos enfocando en “sin matrimonio”, excluimos los casos conyugales. Todas las categorías anteriores aparte de familiares inmediatos forman parte del sistema de preferencia familiar, que cuenta con cuotas. El Boletín de Visas que publica el Departamento de Estado cada mes muestra las fechas de corte para cada categoría por país, indicando quién puede postularse en ese momento. La inmigración familiar puede ser compleja y lenta, pero es una vía crítica para reunirse con los seres queridos.

Si tiene un ciudadano estadounidense o un familiar de LPR que puede hacer una petición por usted, comience el proceso más temprano que tarde, dadas las largas colas. Además, consulte a un abogado de inmigración si se encuentra en los Estados Unidos y una visa podría estar disponible; a veces, existen estrategias para permanecer legalmente y ajustar el estatus cuando llegue el momento (como a través de 245 (i) si tenía una petición antigua, u otras disposiciones técnicas). Un abogado experimentado también puede asegurarse de que el papeleo se haga correctamente y asesorar sobre temas como la declaración jurada del requisito de apoyo para inmigrantes basados en la familia.

Categorías Especiales de Inmigrantes (Trabajadores Religiosos, Menores Especiales, Traductores, etc.)

Más allá de las conocidas categorías familiares y laborales, la ley estadounidense tiene un puñado de categorías especiales de inmigrantes que confieren elegibilidad para la tarjeta verde. A menudo se agrupan bajo la Cuarta Preferencia Basada en el Empleo (EB-4), aunque no implican necesariamente una oferta de trabajo tradicional. Destacaremos algunos notables:

  • Trabajadores Religiosos: Ciertos trabajadores religiosos pueden obtener tarjetas verdes bajo una categoría especial de inmigrantes. Esto generalmente incluye ministros, sacerdotes, imanes u otros clérigos, así como ciertos trabajadores religiosos no ministeriales (como misioneros o instructores religiosos) en algunos casos. Para calificar, la persona debe haber estado realizando trabajo religioso de manera continua durante al menos 2 años antes de postularse, y el trabajo en los Estados Unidos debe ser un puesto de tiempo completo, compensado en una vocación u ocupación religiosa. La organización patrocinadora (una organización religiosa sin fines de lucro de buena fe en los Estados Unidos) realiza peticiones en su nombre a través del Formulario I-360. Las visas de trabajadores religiosos tienen un tope anual (y los roles no ministeriales han tenido fechas de puesta de sol que el Congreso renueva periódicamente). No se requiere certificación laboral para los trabajadores religiosos, pero la petición debe demostrar la buena fe de la organización y que el trabajador cumple con la experiencia y calificaciones. Si eres miembro del clero o trabajador religioso, este es un camino viable a considerar. Nota: a partir de 2025, el programa de tarjeta verde para trabajadores religiosos EB-4 para no ministros ha sido reautorizado por el Congreso tras caducar periódicamente, por lo que verifique el estado actual con un abogado.
  • Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS): El SIJS es una disposición para proteger a ciertos niños indocumentados que han sido abusados, descuidados o abandonados por uno o ambos padres. Un tribunal estatal de menores primero debe hacer conclusiones específicas de que el niño no puede ser reunificado con el (los) padre (s) debido a abuso/descuido o abandono y que no es en el mejor interés del niño que sea devuelto a su país de origen. Una vez que esos hallazgos (a menudo llamados “hallazgos del SIJ”) son emitidos por el tribunal de familia o de probaciones, el niño puede solicitar la clasificación de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos para Menores Inmigrantes Especiales. Si se concede, el niño puede entonces solicitar una tarjeta verde. Los casos del SIJS tienen algunos aspectos singulares: por ejemplo, una vez que se otorga el SIJS, el niño no puede posteriormente patrocinar a sus padres para la inmigración (la ley está diseñada para proteger al niño, no beneficiar a los padres negligentes). SIJS también renuncia a muchos motivos de inadmisibilidad que de otro modo podrían impedir a alguien una tarjeta verde. Hay límites a las tarjetas verdes SIJS cada año (lo que ha causado atrasos, especialmente para ciertos países), por lo que algunos beneficiarios del SIJS tienen que esperar hasta que una visa esté disponible. Aún así, ofrece un camino directo a la residencia permanente para jóvenes vulnerables que cumplan con los criterios. Si usted es una persona joven en los Estados Unidos sin estatus y tiene una situación familiar difícil, o si está cuidando a un niño extranjero que ha sido abusado/abandonado, pregunte a un abogado sobre SIJS. Requiere coordinación entre la corte estatal y la inmigración, pero puede cambiar la vida.
  • Traductores/intérpretes afganos e iraquíes (visas especiales de inmigrante): Estados Unidos tiene un Visa Especial de Inmigrante (SIV) programas para nacionales de Afganistán e Irak que ayudaron al ejército o al gobierno de los Estados Unidos. Estos incluyen traductores, intérpretes o personas que trabajaron para las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos o la embajada bajo ciertas condiciones. Uno de esos programas, a menudo conocido como el programa de la Sección 1059, ofrece hasta 50 visas por año a traductores/intérpretes calificados de Irak o Afganistán que trabajaron con el ejército estadounidense y obtuvieron una recomendación de un general o oficial de bandera. (Otros programas SIV relacionados para iraquíes y afganos que fueron empleados por o en nombre del gobierno de los Estados Unidos tuvieron asignaciones más grandes, especialmente después de la retirada de Estados Unidos de Afganistán, pero a menudo están vinculados a legislación específica y pueden variar en disponibilidad). El punto clave es que estas personas, debido a los riesgos que asumieron al ayudar a las fuerzas estadounidenses, pueden solicitar un estatus especial de inmigrante. Si se aprueba, ellos (y su familia inmediata) pueden recibir tarjetas verdes. En los últimos años, miles de afganos han sido reubicados en Estados Unidos bajo SIV o programas de libertad condicional para refugiados dado el cambio de gobierno allí; muchos de esos caminos conducen a la residencia permanente. Si cree que califica como inmigrante especial en esta categoría de traductor/empleado, debe comunicarse con el Departamento de Estado de los Estados Unidos o con un abogado de inmigración. El proceso implica la presentación de una petición del Formulario I-360 y muchas cartas de verificación de empleo y recomendación. Estos casos pueden complicarse por las difíciles condiciones en esos países, pero el gobierno de los Estados Unidos tiene disposiciones para ayudar a estos solicitantes merecedores a inmigrar.
  • Otros inmigrantes especiales: EB-4 es un poco general. Otras personas que podrían calificar bajo disposiciones menos comunes incluyen: ciertos empleados del gobierno de los Estados Unidos en el extranjero desde hace mucho tiempo; ciertos intérpretes o contratistas (más allá de lo anterior) de Irak/Afganistán; médicos que trabajaron en áreas desatendidas en el pasado (el “médico NIW” es en realidad EB-2); empleados de organizaciones internacionales (como personal jubilado de la OTAN) y sus familias; hijos amerasiáticos de ciudadanos estadounidenses nacidos durante ciertos períodos de guerra; y viudas o viudas de Ciudadanos estadounidenses (que pueden realizar una autopetición si el cónyuge ciudadano falleció). Vale la pena señalar la disposición sobre la viuda: si un cónyuge ciudadano estadounidense muere, el cónyuge sobreviviente aún puede solicitar una tarjeta verde por su cuenta, siempre y cuando esté casado y presente la solicitud dentro de los dos años posteriores a la muerte (esta es técnicamente otra forma de petición relativa inmediata vía autopetición). Esto podría no encajar con el tema “sin matrimonio” ya que deriva del matrimonio, pero no requiere que el cónyuge fallecido haga una petición, por lo que es una ruta de autopatrocinio debido a una circunstancia especial.

Como puede ver, la categoría especial de inmigrante cubre una amplia gama de casos. Existen para atender situaciones específicas donde el Congreso o el sistema migratorio ha decidido ofrecer un camino a la residencia por razones humanitarias, logísticas o políticas que no caen bajo los paraguas familiares o patronales habituales. Si cree que podría calificar para algún programa especial para inmigrantes, consulte a un abogado de inmigración. Éstas tienden a ser categorías únicas con requerimientos muy particulares, y no todas están abiertas de manera continua (algunas tienen un límite de tiempo o límite límite). Un abogado puede determinar si califica y ayudar a reunir las pruebas necesarias.

Disposiciones de registro y residencia de larga duración

Un aspecto interesante de la ley de inmigración de Estados Unidos es que a veces recompensa la presencia a largo plazo en el país, incluso si esa presencia no tenía estatus. Los dos ejemplos principales son la disposición del Registro y un alivio llamado Cancelación de Extirpación para residentes no permanentes. Estas son vías menos comunes, pero vale la pena mencionarlas por su integridad:

  • Registro (Residencia Continua Desde 1972): La ley de inmigración tiene una sección conocida como “registro” (INA §249) que permite a ciertos residentes de largo plazo de Estados Unidos solicitar una tarjeta verde aunque no tengan otra vía. Para calificar, debe haber residido continuamente en los Estados Unidos desde antes de una fecha límite específica, que actualmente es el 1 de enero de 1972. En otras palabras, si un inmigrante puede probar que ingresó a Estados Unidos y nunca se fue desde antes de 1972, podría “registrar” y convertirse en residente permanente. La disposición registral fue creada para permitir que las personas que habían vivido en el país durante décadas legalizaran su estatus. No obstante, debido a que la fecha no se ha actualizado en mucho tiempo (se actualizó por última vez en 1986 cuando se fijó el límite a 1972), muy pocas personas pueden usarla hoy en día. Tendrías que haber estado aquí por más de 50 años sin papeles, lo cual es raro (y si lo hiciste, probablemente te beneficiaste de alguna otra amnistía en el pasado). Ha habido discusiones en el Congreso sobre actualizar la fecha del registro a un año posterior (o hacerla “rodar”), lo que podría legalizar a muchos inmigrantes indocumentados a largo plazo. A partir de ahora, sin embargo, el registro es esencialmente una reliquia: una ley válida, pero aplicable sólo a un “puñado de residentes de larga duración” en su forma actual. Si sucede que ha estado en Estados Unidos desde la década de 1970 y nunca obtuvo el estatus, hable con un abogado sobre el registro. Requiere mostrar buen carácter moral, no descalificar cuestiones penales, y que no seas inadmisible por ciertos motivos graves. Es un beneficio discrecional, lo que significa que incluso si cumple con los requisitos, USCIS puede optar por negarlo. Pero es una bonita avenida de misericordia para el raro individuo que realmente tiene raíces profundas que se remontan a décadas atrás.
  • Cancelación de 10 años de remoción: Esta no es una solicitud que pueda presentar por su cuenta ante USCIS; más bien, la cancelación de la remoción para residentes no permanentes es una defensa a la deportación que un juez de inmigración puede otorgar. Si alguien ha estado en los Estados Unidos durante al menos 10 años de manera continua y se le coloca en un proceso de remoción (tribunal de deportación), puede solicitar al juez la cancelación de la remoción bajo la INA §240A (b). Los requisitos son bastante estrictos: la persona debe mostrar más de 10 años de presencia física, buen carácter moral para ese período, no condenas penales descalificadoras, y que su remoción causaría “dificultades excepcionales y extremadamente inusuales” a un ciudadano estadounidense o cónyuge, padre o hijo de LPR. El nivel de dificultad es muy alto, sustancialmente más allá de las dificultades normales de separación o pérdida económica. Muchos casos fracasan en esa parte de dificultades porque debe ser verdaderamente convincente (como un niño ciudadano estadounidense con una condición médica grave que depende del padre). Si se concede, la remoción se cancela y la persona pasa a ser residente permanente. Hay un límite numérico de 4,000 de estos por año, y si se otorgan más, los casos se ponen en cola de espera. La cancelación es esencialmente una forma de amnistía para las personas que han vivido mucho tiempo en Estados Unidos y cuyas familias sufrirían extraordinariamente si fueran deportadas. Es importante tener en cuenta: no puede simplemente “solicitar” la ley de 10 años a menos que esté en un proceso de deportación, y por lo general no querría entrar deliberadamente en un proceso dado el riesgo. Pero si eres indocumentado desde hace más de 10 años y te atrapa ICE, la cancelación es una posible defensa. Otro matiz: si tiene una deportación previa o ciertos problemas penales, es posible que no sea elegible, y salir de los Estados Unidos restablece el reloj de 10 años. La cancelación es un tipo de alivio único y de último recurso. Es manejado por jueces de inmigración y es complejo, por lo que absolutamente necesitas un abogado si estás persiguiendo esto. Lo mencionamos aquí porque es una avenida basada en residencia de largo plazo a una tarjeta verde —algunas personas se refieren a ella casualmente como la “ley de 10 años” para obtener una tarjeta verde, pero como puede ver, no es fácil ni está garantizada.

En resumen, el registro y la cancelación son formas en que la residencia a largo plazo en las sombras puede potencialmente convertirse en estatus legal. Reconocen que en algunos casos, las personas desarrollan lazos y renta variable profundos en Estados Unidos a lo largo de muchos años. Sin embargo, se trata de disposiciones muy específicas y limitadas; no son estrategias generalizadas del “plan A” para la mayoría de las personas. La legislación podría actualizarlas o ampliarlas en el futuro (por ejemplo, se han puesto a flote propuestas para adelantar la fecha límite de registro), pero hasta entonces, solo ayudan a un pequeño subconjunto de inmigrantes. Si cree que podría calificar para cualquiera de los dos, consulte a un abogado de inmigración que pueda evaluar su situación y, si corresponde, ayudarlo a preparar el caso (o conectarse con un abogado defensor si está en un proceso).

Conclusión: Encuentre el camino correcto con orientación legal

Como hemos cubierto, hay muchos caminos hacia una tarjeta verde estadounidense sin matrimonio. Ya sea a través del empleo (desde trabajadores calificados hasta visas de talento extraordinario), invirtiendo en la economía de Estados Unidos, siendo patrocinado por familiares, ganando la lotería de diversidad, o buscando refugio de la persecución o el abuso, cada vía tiene sus propios requisitos y procedimientos. Es crucial entender las diferencias, por ejemplo, si necesita una oferta de trabajo y PERM, si hay una larga lista de espera para obtener una visa, o si puede solicitar desde dentro de los Estados Unidos mediante un ajuste de estatus o debe pasar por un consulado en el extranjero. Navegar por la ley de inmigración de Estados Unidos puede ser complejo, pero con la estrategia correcta, es posible lograr su objetivo de residencia permanente.

Un hilo común en todas estas opciones es la importancia de una orientación legal precisa. Las reglas de inmigración están en constante evolución y hay mucho en juego. Pequeños errores en el papeleo o malentendidos sobre la elegibilidad pueden llevar a demoras o denegaciones costosas. Un abogado de inmigración estadounidense experimentado puede evaluar su caso, ayudarle a identificar la opción de tarjeta verde más fuerte y guiarlo paso a paso a través del proceso de solicitud. Especialmente para categorías complicadas (como NIW, asilo, VAWA, o cuando se trata de retrasos y fechas de prioridad), la experiencia de un abogado es invaluable para evitar trampas y acelerar su caso donde sea posible.

Si está considerando solicitar una tarjeta verde a través de cualquiera de las vías anteriores, nuestro bufete de abogados de inmigración está aquí para ayudarlo. Con profunda experiencia en empleo, inversión, familia, e inmigración humanitaria, podemos aclarar sus opciones y trazar el rumbo óptimo para su situación. Contáctanos hoy para una consulta personalizada. Responderemos sus preguntas, nos aseguraremos de que cumpla con los requisitos de elegibilidad y le ayudaremos a preparar una solicitud sólida. El viaje a una tarjeta verde puede ser un desafío, pero no tienes que navegar por ella solo. Llegue a nuestro equipo de abogados dedicados a la inmigración y dé el siguiente paso para hacer realidad su sueño americano. Su oportunidad de vivir y trabajar en los Estados Unidos está a su alcance, y estamos listos para ayudarle a lograrlo.

Oleg Gherasimov, Esq.

Asociado de negocios
,
Abogado de Inmigración

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