Adquirir la ciudadanía estadounidense al nacer para los niños nacidos en el extranjero puede ser complejo, influenciado por factores como el estado de ciudadanía de los padres, el estado civil y las leyes vigentes en el momento del nacimiento del niño. Esta guía integral cubre los diferentes escenarios bajo los cuales un niño nacido en el extranjero puede adquirir la ciudadanía estadounidense al nacer.
Un niño nacido en el extranjero en el matrimonio de dos padres ciudadanos estadounidenses adquiere la ciudadanía estadounidense al nacer bajo la Sección 301 (c) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). Para cumplir con los criterios, al menos uno de los padres debe haber tenido una residencia en Estados Unidos o una de sus posesiones periféricas antes del nacimiento del niño. Además, ya sea el padre o padres ciudadanos estadounidenses o su cónyuge extranjero deben ser padres genéticos o gestacionales del niño para transmitir la ciudadanía estadounidense.
Consideremos a un niño nacido en Francia de dos padres ciudadanos estadounidenses. Si uno de los padres vivió en los Estados Unidos por un período antes de mudarse al extranjero, el niño adquiriría la ciudadanía estadounidense al nacer. Los padres pueden entonces solicitar un Certificado de Ciudadanía para documentar la situación del niño.
Para los niños nacidos el 14 de noviembre de 1986 o después:
Para los niños nacidos entre el 24 de diciembre de 1952 y el 13 de noviembre de 1986:
En todos los casos, ya sea el padre ciudadano estadounidense o su cónyuge extranjero deben ser padres genéticos o gestacionales del niño para transmitir la ciudadanía estadounidense.
Un niño nacido en Japón de un padre ciudadano estadounidense y una madre japonesa el 1 de enero de 1990, adquiriría la ciudadanía estadounidense al nacer si el padre hubiera vivido en los Estados Unidos durante al menos cinco años, incluidos dos años después de los 14 años. Los padres pueden entonces solicitar un Certificado de Ciudadanía para el niño.
Un niño nacido en el extranjero en el matrimonio de un padre ciudadano estadounidense y un padre extranjero adquiere la ciudadanía estadounidense al nacer si el padre ciudadano estadounidense cumple con requisitos específicos de presencia física antes del nacimiento del niño. Estos requisitos varían dependiendo de cuándo nació el niño.
Para los niños nacidos el 14 de noviembre de 1986 o después:
Para los niños nacidos entre el 24 de diciembre de 1952 y el 13 de noviembre de 1986:
En todos los casos, ya sea el padre ciudadano estadounidense o su cónyuge extranjero deben ser padres genéticos o gestacionales del niño para transmitir la ciudadanía estadounidense.
Un niño nacido en Japón de un padre ciudadano estadounidense y una madre japonesa el 1 de enero de 1990, adquiriría la ciudadanía estadounidense al nacer si el padre hubiera vivido en los Estados Unidos durante al menos cinco años, incluidos dos años después de los 14 años. Los padres pueden entonces solicitar un Certificado de Ciudadanía para el niño.
Si un niño nace fuera del matrimonio de dos padres ciudadanos estadounidenses, el niño adquirirá la ciudadanía estadounidense si se cumplen ciertas condiciones, centrándose principalmente en la residencia de los padres en los Estados Unidos.
Para los niños nacidos el 14 de noviembre de 1986 o después:
Un niño nacido en Alemania de dos padres ciudadanos estadounidenses que no estaban casados en el momento del nacimiento adquirirá la ciudadanía estadounidense si la madre había vivido en los Estados Unidos de manera continua durante un año antes del nacimiento del niño.
Un niño nacido fuera del matrimonio de un padre ciudadano estadounidense y una madre extranjera puede adquirir la ciudadanía estadounidense si se cumplen condiciones específicas relacionadas con la paternidad y la presencia física.
Para los niños nacidos el 14 de noviembre de 1986 o después:
Un niño nacido en México de un padre ciudadano estadounidense y una madre mexicana adquirirá la ciudadanía estadounidense si el padre reconoce la paternidad, acepta mantener al niño financieramente y cumple con el requisito de presencia física.
Las reglas para adquirir la ciudadanía estadounidense al nacer para los niños nacidos fuera del matrimonio de una madre ciudadana estadounidense y un padre extranjero han cambiado con el tiempo.
Para los niños nacidos entre el 24 de diciembre de 1952 y el 11 de junio de 2017:
Para los niños nacidos a partir del 12 de junio de 2017:
Un niño nacido en Canadá de una madre ciudadana estadounidense y un padre canadiense el 1 de julio de 2018 adquirirá la ciudadanía estadounidense si la madre ha vivido en los Estados Unidos durante cinco años, incluidos dos años después de cumplir 14 años.
Adquirir la ciudadanía estadounidense al nacer para los niños nacidos en el extranjero implica cumplir requisitos específicos basados en el estatus de ciudadanía de los padres, su presencia física en los Estados Unidos y las circunstancias de nacimiento del niño. Comprender estos requisitos es crucial para los padres que buscan asegurar la ciudadanía estadounidense para sus hijos. Si necesita ayuda para navegar por este proceso, SG Legal Group está aquí para ayudarle. Nuestros abogados de inmigración con experiencia pueden brindarle la orientación y el apoyo que necesita para garantizar una solicitud sin problemas y exitosa. Contáctenos hoy para más información.
Oleg Gherasimov, Esq.
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