Ley de Inmigración

Ciudadanía por derecho de nacimiento en la Corte Suprema: lo que los argumentos orales señalan para los titulares de visas y sus hijos nacidos en Estados Unidos

Bebé en una cuna de mármol llegando hacia un libro abierto gigante etiquetado como “Decimocuarta Enmienda” en los escalones del juzgado.

Oleg Gherasimov, Esq.

Publicado el:
April 30, 2026
Actualizado en:
April 30, 2026
Bebé en una cuna de mármol llegando hacia un libro abierto gigante etiquetado como “Decimocuarta Enmienda” en los escalones del juzgado.

Por primera vez en más de un siglo, nueve magistrados pasaron dos horas debatiendo si un niño nacido en suelo estadounidense es automáticamente ciudadano. Eso ocurrió el 1 de abril de 2026, en un caso llamado Trump contra Bárbara. Si está en una visa, pendiente de una tarjeta verde o fuera de estatus, y tiene un hijo nacido en Estados Unidos, o uno en camino, el resultado afectará directamente a su familia. Aquí está lo que realmente sucedió en la sala del tribunal, lo que realmente está pidiendo el gobierno, y lo que les estoy diciendo a mis propios clientes mientras esperamos la opinión.

Lo que realmente hace la Orden Ejecutiva 14160

La Orden Ejecutiva 14160 —titulada “Proteger el significado y el valor de la ciudadanía estadounidense” — se firmó el primer día del segundo mandato del presidente Trump. Ordena a las agencias federales que dejen de reconocer la ciudadanía estadounidense para los niños nacidos en Estados Unidos si, en el momento del nacimiento:

  • La madre está ilegalmente presente y el padre no es ciudadano estadounidense o residente permanente legal, o
  • La presencia de la madre es legal pero temporal —por ejemplo, en una visa de turista, visa de estudiante o visa de trabajo— y el padre no es ciudadano estadounidense ni residente permanente legal.

Los jueces federales bloquearon la orden casi de inmediato. El litigio ha ido pasando por los tribunales desde entonces, con la Corte Suprema ahora a punto de decidir la cuestión central.

La parte que la mayoría de la gente extraña: la Corte ya permitió que la Sección 3, inciso b), del Orden Ejecutivo entrara en vigor. Esa sección le dice a las agencias federales que preparen la guía de implementación. USCIS publicó esa guía el 25 de julio de 2025. Voy a llegar a lo que dice en un momento, porque importa enormemente si los magistrados gobiernan para el gobierno.

Lo que pasó en Oral Argument

El tono desde la bancada era, en mi lectura, fresco hacia el Orden Ejecutivo —pero no de manera uniforme, y no en la línea que cabría esperar. Esto no fue un 6-3 conservativo-vs. -audiencia liberal. Diversos magistrados conservadores hicieron algunas de las preguntas más agudas al Procurador General.

El presidente del Tribunal Tribunal, Roberts, describió la lectura del gobierno de la frase “sujeto a la jurisdicción de la misma” como “peculiar” dentro de los primeros minutos. Esa no es una palabra que un Presidente del Tribunal Tribunal use a la ligera cuando se inclina a estar de acuerdo con usted.

El juez Gorsuch presionó un punto que creo que es devastador para el gobierno. Las Leyes de Inmigración y Nacionalidad de 1940 y 1952 utilizan un lenguaje casi idéntico al de la 14ª Enmienda. Si el Congreso a mediados del siglo XX hubiera entendido que “sujeto a su jurisdicción” significa “domiciliado” —la interpretación actual del gobierno— habría utilizado un lenguaje diferente. No lo hizo.

El juez Kavanaugh planteó el punto relacionado de que el derecho constitucional estadounidense debe interpretarse “con precedente estadounidense basado en la historia estadounidense” —no a través de comparaciones con las leyes de ciudadanía de otros países, que es donde el Procurador General se retiró cuando se le presionó sobre las consecuencias humanitarias.

Y el juez Barrett —un juez que muchos observadores esperaban simpatizar con el gobierno— planteó lo que creo que es la única objeción práctica más importante: una regla basada en el “domicilio” parental sería “desordenada”. Requeriría un litigio intensivo de hechos sobre la intención en cada caso impugnado, reemplazando una regla clara y clara por un pantano administrativo y legal.

El argumento central del gobierno — y el problema con él

El procurador general Sauer construyó su caso sobre un solo pivote: “sujeto a la jurisdicción del mismo” significa domicilio, es decir, la intención de los padres de vivir de manera permanente y legal en los Estados Unidos. Debido a que un recién nacido no puede formar intención, el gobierno argumenta que la intención de los padres se imputa al niño.

Hay tres serios problemas con ese argumento, y los magistrados los plantearon todos.

Primero, el texto de la Enmienda 14 se centra en el niño, no en los padres. El juez Gorsuch calificó de “llamativo” que el gobierno no pueda señalar ninguna discusión significativa sobre la situación de los padres en el texto constitucional o en 8 U.S.C. § 1401 (a), el estatuto que lo rastrea palabra por palabra.

Segundo, Estados Unidos contra Wong Kim Ark (1898) ya lo decidió. En ese caso, la Corte sostuvo que un niño nacido en California de padres nacionales chinos era ciudadano estadounidense al nacer, a pesar de que sus padres finalmente regresaron a China. El gobierno no pidió a la Corte que anulara Arca de Wong Kim. La abogada de los apelados calificó esa omisión de “concesión fatal”, y creo que tiene razón. No se puede ganar argumentando que el precedente sigue en pie pero no significa lo que dice.

Tercero, la propia lógica del gobierno se derrumba en los bordes. Cuando el juez Alito preguntó sobre el turismo de nacimiento, el general Sauer afirmó que “nadie sabe a ciencia cierta” lo común que es, luego argumentó que “8 mil millones de personas en avión se alejan de tener un hijo, un ciudadano estadounidense” justificaron la regla. El presidente del Tribunal Ejecutivo Roberts respondió en una frase: “Bueno, es un mundo nuevo. Es la misma Constitución”.

El problema “legal pero temporal”

Aquí es donde el caso se vuelve personal para un enorme segmento de los clientes de nuestra firma. El Orden Ejecutivo crea una nueva categoría —presencia “legal pero temporal” — que no existe en ninguna parte de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. El Plan de Implementación de USCIS lo define como la presencia legal que es “limitada en el tiempo o de otro modo no perpetua”.

Piensa en quien ese arrasa. Un profesional H-1B a la espera de un ajuste EB-2 o EB-3. Un estudiante de F-1 en OPT. Un prometido (e) K-1 que aún no ha presentado una solicitud de ajuste de estatus. Un profesional de TN. Un transferiente intracompañía L-1. Un solicitante de asilo con un caso pendiente. Un ucraniano o afgano en libertad condicional.

Todas estas personas están aquí legalmente. Muchos han estado aquí por años. Muchos tienen profundas raíces estadounidenses, cónyuges ciudadanos estadounidenses, hipotecas y carreras. Según la Orden Ejecutiva tal como está redactada, sus hijos nacidos en Estados Unidos no serían ciudadanos al nacer, a menos que el otro padre sea ciudadano estadounidense o titular de la tarjeta verde.

USCIS dice que garantizará que la regla “no resulte en ninguna consecuencia migratoria negativa para el niño”. Lo que eso realmente significa en la práctica —qué estatus tendría el niño, qué documentación recibirían los padres, cómo funcionaría el ajuste o el procesamiento consular más adelante— no se contesta en ninguna parte del Plan de Implementación. En mi práctica, “estar determinado” sobre una cuestión tan fundamental no es tranquilizar. Es una advertencia.

Lo que el juez Jackson forzó a la intemperie

El juez Jackson hizo la pregunta que cada abogado de inmigración se ha estado haciendo en privado: ¿en qué momento se adjudica realmente la lucha domiciliaria? ¿Es en el hospital, cuando se expide el acta de nacimiento? ¿Es cuando se presenta la solicitud de pasaporte? ¿Es años después, cuando el niño solicita una licencia de conducir o un beneficio federal?

La respuesta del general Sauer fue que se verificarían las bases de datos del Seguro Social y del DHS, se negaría la ciudadanía y luego los padres podrían discutir sobre ello “después”.

“Después” significa en la corte. Por cada niño disputado. Uno a la vez. Eso no es una regla administrativa. Ese es un estado permanente de litigio de ciudadanía a nivel estatal y federal, en contra de familias que en la mayoría de los casos no hicieron más que dar a luz en un país en el que están aquí legalmente para vivir. El juez Barrett tenía razón — sería desordenado.

Qué significa esto si está esperando un hijo en los Estados Unidos

Quiero ser preciso, porque el molino de rumores en torno a este tema es ruidoso. A partir de hoy, el Orden Ejecutivo está bloqueado. Los niños nacidos en Estados Unidos —incluso de padres con visas temporales y de padres sin estatus— son ciudadanos estadounidenses al nacer, y reciben pasaportes y números de Seguro Social en el curso ordinario.

Eso podría cambiar dependiendo del fallo de la Suprema Corte, que se espera a finales de junio o principios de julio de 2026. Algunos puntos prácticos que estoy discutiendo con los clientes en este momento:

Si su hijo ya nació en los Estados Unidos antes de la fecha de entrada en vigor de la Orden Ejecutiva, el Plan de Implementación no se aplica retroactivamente. La ciudadanía de su hijo se estableció al nacer. Obtenga el Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero o el pasaporte estadounidense ahora si aún no lo ha hecho — la prueba documental de ciudadanía siempre es más fácil de obtener más cerca del nacimiento que años después.

Si está embarazada o planea un parto en los próximos meses, no se asuste, pero haga planes. Solicitar el acta de nacimiento y pasaporte puntualmente después del parto. Si tiene una visa temporal y su cónyuge tampoco es ciudadano o titular de la tarjeta verde, documente la ciudadanía de su hijo lo más minuciosamente posible antes de que cualquier nueva regla pueda entrar en vigencia.

Si tiene una visa temporal y está en cualquier lugar en la línea de la tarjeta verde, siga moviéndose. La mejor defensa contra la etiqueta de “legal pero temporal” es no estar en situación temporal en absoluto. Un ajuste aprobado de estatus o una tarjeta verde emitida elimina la pregunta por completo. Si su caso se ha estancado por razones no sustantivas, ahora es el momento de impulsarlo.

Si está en libertad condicional o en una categoría de no inmigrante que no permite el ajuste de estatus, hable con un abogado. Las personas en libertad condicional generalmente no pueden cambiar su estatus a nivel nacional bajo INA § 248, lo que significa que un plan realista a largo plazo a menudo implica el procesamiento consular y el reingreso. Esa planificación no debería esperar hasta después de un fallo de la Corte Suprema que podría empeorar materialmente el momento.

Descargo de responsabilidad: La información proporcionada en este artículo es únicamente para fines informativos generales y no constituye asesoría legal. Las leyes y políticas de inmigración están sujetas a cambios, y las circunstancias individuales varían. Para asesoría específica a su situación, por favor consulte con un abogado de inmigración calificado.

Oleg Gherasimov, Esq.

Asociado de negocios
,
Abogado de Inmigración

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